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sábado, 9 de abril de 2016

¿QUE ES SERVIDOR PUBLICO Y EMPLEO PUBLICO?



Recuperado de https://youtu.be/k8DMZrRI1m0


Vitely Erazo

ASPECTOS EXCLUIDOS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA-EMPLEADOS PUBLICOS




Están excluidos de la negociación colectiva los siguientes aspectos:

1. La estructura organizacional
2. Las plantas de personal
3. Las competencias de dirección, administración y fi scalización del Estado
4. Los procedimientos administrativos
5. La Carrera Administrativa
6. El Régimen Disciplinario

7. El Régimen Prestacional En materia salarial podrá haber concertación. 


Sin perjuicio de lo anterior, en el nivel territorial, se respetarán los límites que fije el Gobierno Nacional. En materia prestacional las entidades no tienen facultad de negociación

www.miciudadreal.es
www.mintrabajo.gov.co

Vitely Erazo

CONVENCIÓN COLECTIVA-EMPLEADOS PÚBLICOS.


Recuperado del www. Ministerio del trabajo.com


Vitely Erazo

martes, 5 de abril de 2016

FUNDAMENTO JURÍDICO

FUNDAMENTO JURÍDICO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

1C098 - Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) Convenio relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva (Entrada en vigor: 18 julio 1951)

2. Convenios 151 y 154 suscritos con la OIT, sobre la protección del derecho de sindicalización y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública y la negociación colectiva


 3.  Artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, que ordena la incorporación a la legislación interna de los Convenios Internacionales del Trabajo debidamente ratificados

4. Artículo 55 de la Constitución Política de Colombia, que garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales

5. Sentencia No. C-112/93 DERECHO DE SINDICALIZACIÓN/DERECHO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

6. Sentencia No. C-009/94 DERECHO DE NEGOCIACION COLECTIVA/DERECHO DE ASOCIACION SINDICAL

7. Ley 411 de 1997, Por medio de la cual se aprueba el "Convenio 151 sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública", adoptado en la 64 Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra, 1978.

8. Ley 524 de 1999, Por medio de la cual se aprueba el "Convenio Número Ciento Cincuenta y Cuatro (154) sobre el Fomento de la Negociación Colectiva", adoptado en la Sexagésima Séptima (67) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra, con fecha diecinueve (19) de junio de mil novecientos ochenta y uno (1981).

9.  Sentencia C-1050/01 expedida por la Corte Constitucional, sobre aspectos relacionados con la negociación colectiva entre otros

10.  Sentencia C-902/03 Generalidades sobre convención Colectiva

11. Sentencia C-1234 de 2005 expedida por la Corte Constitucional, sobre aspectos relacionados con la negociación colectiva de los empleados públicos.


12. Decreto 1092 de 2012, por el cual se reglamentan los artículos 7 y 8 del Convenio 151 suscrito con la OIT e incorporado a la legislación colombiana mediante la Ley 411 de 1997 en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos


13. Código sustantivo del trabajo Art, 467, 468, 469, 470,471, 472, 473, 474, 475, 476, 477, 478, 479, 480.

Diana López


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